EL SACRAMENTO DEL BAUTISMO

 
 
 

Mientras busca el bautismo de su hijo en la Iglesia Católica Romana, se presentan las siguientes pautas para ayudarlo a embarcarse en este viaje de fe con Cristo y su Iglesia.

 A. El Papel Santificador de la Iglesia (Código de Derecho Canónico, c. 842, 849; Catecismo de la Iglesia Católica 1213, 1263, 1265, 1267-1270)

 A través del Bautismo, Dios nos hace partícipes de su vida en Jesucristo y nos hace sus hijos. Por este sacramento recibimos el Espíritu Santo y nos convertimos en miembros del Pueblo de Dios, del Cuerpo de Cristo, que es la Iglesia. El bautismo se convierte en nuestro compromiso de crecer en esta nueva vida y de esforzarnos por adquirir madurez espiritual. Por el bautismo, Dios nos purifica del pecado.

El bautismo es el sacramento de la fe que tiene como fuente a Cristo Resucitado, y es la oferta de salvación para todos los hombres. Íntimamente ligado a la Confirmación ya la Eucaristía, el Bautismo es, con estos dos sacramentos, la Iniciación cristiana. El niño es bautizado en la fe de sus padres, padrinos y de la Iglesia.

B. Directrices e Información Básicas para el Bautismo de Infantes (incluyendo niños pequeños) (Código de Derecho Canónico, cc. 867-868; Catecismo de la Iglesia Católica 1251)

Los padres son responsables de llevar a sus hijos al Sacramento del Bautismo tan pronto como sea posible después del nacimiento. Excepto en caso de necesidad, la iglesia es el lugar habitual del bautismo.

Para que un niño sea bautizado, es necesario el consentimiento de los padres, o por lo menos uno de ellos, o alguien que legalmente esté en su lugar, y que haya esperanza razonable de que el niño será educado en la fe católica.

PADRINOS: Una persona solo puede tener uno o dos padrinos (también llamados padrinos); si se eligen dos, deben ser un macho y una hembra.

 

Para que alguien sea elegible como padrino, debe ser elegido por los padres, tener la capacidad y la intención de desempeñar el papel, tener al menos 16 años de edad y ser católico romano confirmado, que ya haya recibido el Más La Sagrada Eucaristía, lleva una vida en armonía con la fe católica (incluido el matrimonio) y será un buen modelo a seguir para el que se bautiza, y no será ni el padre ni la madre del niño.

Una persona bautizada que pertenece a otra comunidad cristiana puede ser admitida solo como “testigo cristiano” (no como padrino) siempre que haya al menos un padrino católico romano que cumpla con los criterios anteriores. Una persona no bautizada no puede ser testigo (Código de Derecho Canónico, cc. 872-874; Catecismo de la Iglesia Católica 1255).

C. Preparación Bautismal en su Parroquia (Código de Derecho Canónico, c. 851; Catecismo de la Iglesia Católica 843)

Con el fin de respetar su solicitud para el bautismo de su hijo, le invitamos a seguir de cerca las etapas de preparación que se ofrecen a continuación:

Comuníquese con la oficina de su parroquia y exprese su deseo de bautizar a su hijo.

Preséntate al párroco si aún no lo conoces personalmente.

Ábrase a la invitación de unirse activamente a la comunidad de fe de su parroquia. Si no son feligreses registrados, consideren participar en la oración y celebración de la comunidad eucarística dominical.

Si bien la preparación bautismal varía de una parroquia a otra, se le invitará a participar en algún tipo de formación en la fe antes del bautismo de su hijo. Esto puede tomar la forma de una reunión con el párroco, el asistente pastoral o la participación en una sesión de preparación bautismal para los padres. Es extremadamente importante tomar en serio tu vida de fe porque, ante Dios, has asumido una responsabilidad asombrosa por la salvación de otro: ¡tu propio hijo! Su compromiso y apertura a la preparación bautismal ayudará a desarrollar la vida de fe de su hijo a medida que madura.

 D.  Otra Información (Catecismo de la Iglesia Católica 857)

¿Vive en una parroquia diferente a la que desea bautizar a su hijo?

Debe realizar su preparación bautismal en la parroquia en la que reside y luego recibir una carta testimonial de su párroco para bautizar a su hijo en otra parroquia. Este requisito respeta la realidad de que los párrocos normalmente tienen jurisdicción sacramental solo sobre sus propios feligreses. Por lo tanto, cuando uno busca un sacramento fuera de su parroquia, es necesario el permiso del párroco apropiado. Además, la invitación a conectarse primero con la parroquia propia se basa en la esperanza de que la vida de fe de la familia y de los que serán bautizados se vivirá en comunidad y no en aislamiento.

 Estado civil de los padres

Su estado civil se aclarará durante el proceso de preparación bautismal. No se niega el bautismo si los padres no están casados o no están casados en la Iglesia Católica Romana. Sin embargo, puede haber razones para posponer el bautismo si los padres no practican la fe o no tienen la intención de vivir una vida católica en armonía con el Evangelio. Si su estado no está en armonía con la comprensión católica romana del matrimonio sacramental, pregunte cómo podemos ayudarlo a contraer un matrimonio sacramental adecuado o, si es necesario, buscar una declaración de nulidad por parte de la Iglesia.

Toda la información anterior se aplica únicamente al bautismo de un bebé o niño pequeño. Si tiene un niño a bautizar que ha alcanzado la edad de catequesis/la edad de la razón (tiene 7 años), usted y ellos recibirán una preparación diferente. Teniendo suficiente comprensión, la preparación será ahora para el complemento completo de los Sacramentos de Iniciación: Bautismo, Confirmación y Eucaristía.

Aquellos niños ya bautizados en otras comunidades cristianas serán preparados para hacer profesión de fe en la Iglesia Católica y recibirán los sacramentos de la Eucaristía y la Confirmación en el rito de Recepción a la Plena Comunión con la Iglesia Católica.

INFORMACION DE PROGRAMACION PARA BAUTISMO EN ESPAÑOL

Celebramos el bautismo el segundo sabado a las 1:00 PM y segundo domingo de cada mes. Favor llamar al Centro Parroquial para hacer los arreglos. Las clases de instrucción están bajo la dirección del diácono.

POLÍSA DE CERTIFICADOS DE ELEGIBILIDAD

Para recibir un Certificado de Elegibilidad para ser un Padrino del Bautismo, usted debe ser un católico practicante registrado en la parroquia. Si está casado, debe estar casado en la Iglesia. Debes asistir a misa regularmente. El uso de sobre de ofrenda de cada semana nos dirá que asiste regularmente. Esto evitará problemas o situaciones embarazosas en el futuro.